La Audiencia Nacional ha denegado la suspensión de la tramitación de los recursos de Casación interpuesto por la representación sindical ante el Supremo contra el ERE de extinción solicitada por Juan Cortés Baudan, representante legal de la mayoría del comité de empresa.
La Sala Social de la Audiencia Nacional ha comunicado hoy a las partes recurrentes que “no ha lugar a lo solicitado dado que no existe ninguna base legal para acceder a su petición”. Esta solicitud estaba sustentada en el artículo 233 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) que regula la aportación de documentos nuevos, y que según la Sala de lo Social es algo que “ no es de aplicación en este caso”. La secretaria judicial, firmante del escrito, remite a la parte solicitante a la Sala del Tribunal Supremo “que es la competente para realizar el trámite y resolver sobre lo previsto en el artículo 233 de la LRJS.”
Esta petición de paralización del trámite del Recurso de Casación, presentado por la parte social en la Audiencia Nacional, forma parte del Acuerdo Laboral suscrito entre la empresa y la mayoría del comité. Su intención es que sea la Audiencia Nacional quien valide un Acuerdo Transaccional que pueda revertir el expediente de extinción en uno de suspensión. La Sala de lo Social, al denegar la petición de paralización, traslada de hecho el escenario de un posible acuerdo al ámbito del Tribunal Supremo dado que es necesario que se celebre la Junta de Acreedores para validar el acuerdo y esta se prevé que se lleve a cabo a finales de febrero de 2015.
Normal, que esperaban? Jurídicamente no se sostenía de ninguna manera, ahora a seguir mintiendo a los trabajadores…